cts como se calcula

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral en el Perú que busca proteger al trabajador frente al cese de sus labores, funcionando como un fondo de contingencia. Conocer cómo se calcula es fundamental tanto para empleadores como para empleados. A continuación, explicaré de manera detallada y sencilla la fórmula para calcular la CTS, respaldado por información oficial y actualizada, y agregaré ejemplos prácticos para una mejor comprensión.

¿Qué es la CTS y quiénes tienen derecho a ella?

La CTS es un derecho laboral establecido en la legislación peruana que equivale aproximadamente a un sueldo anual dividido en dos depósitos semestrales. Está regulada por el Decreto Supremo N° 001-97-TR y otras normas complementarias.

Trabajadores que aplican

  • Trabajadores en planilla: Que laboran más de cuatro horas diarias.
  • Contratos a plazo indeterminado y determinado: Incluye contratos temporales y permanentes.
  • Sector privado: Principalmente, aunque existen regulaciones específicas para el sector público.

Períodos de depósito de la CTS

Los empleadores deben realizar los depósitos de la CTS dos veces al año:

  • Primera mitad: Hasta el 15 de mayo, correspondiente al período de noviembre a abril.
  • Segunda mitad: Hasta el 15 de noviembre, correspondiente al período de mayo a octubre.

Fórmula general para calcular la CTS

La fórmula para calcular la CTS es la siguiente:

CTS = [(Remuneración Computable / 12) x Meses Trabajados] + [(Remuneración Computable / 360) x Días Trabajados]

Donde:

  • Remuneración Computable: Incluye el sueldo básico y otros conceptos remunerativos.
  • Meses Trabajados: Número de meses completos laborados en el semestre.
  • Días Trabajados: Días adicionales que no completan un mes.

Consideraciones adicionales

  • Asignación Familiar: Si corresponde, se incluye en la remuneración computable.
  • Remuneraciones variables: Como comisiones u horas extras, se calcula el promedio de los últimos seis meses.
  • Fracciones de mes: Cada día equivale a 1/30 de mes.

Paso a paso para el cálculo

1. Determinar la remuneración computable

Incluye:

  • Sueldo Básico
  • Asignación Familiar: Actualmente es S/ 102.50, ya que el sueldo mínimo es S/ 1,025 (según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo).
  • Promedio de remuneraciones variables: Comisiones, horas extras, entre otros.

2. Calcular los meses y días trabajados

  • Meses completos: Desde el inicio del período hasta la fecha de cálculo.
  • Días adicionales: Si no se completa un mes exacto, se contabilizan los días laborados.

3. Aplicar la fórmula

Utiliza la fórmula mencionada, ajustando por los días adicionales si es necesario.

Ejemplo práctico 1: Trabajador con sueldo fijo y asignación familiar

Supongamos un trabajador con las siguientes condiciones:

  • Sueldo Básico: S/ 2,000
  • Asignación Familiar: S/ 102.50 (aplica porque tiene hijos menores de edad)
  • Período laborado: Del 1 de mayo al 31 de octubre (6 meses completos)
  • Remuneraciones variables: No tiene

Cálculo de la remuneración computable

Remuneración Computable = Sueldo Básico + Asignación Familiar
Remuneración Computable = S/ 2,000 + S/ 102.50 = S/ 2,102.50

Aplicación de la fórmula

CTS = (Remuneración Computable / 12) x Meses Trabajados
CTS = (S/ 2,102.50 / 12) x 6
CTS = S/ 175.21 x 6 = S/ 1,051.25

El trabajador recibirá S/ 1,051.25 como depósito de CTS en noviembre.

Ejemplo práctico 2: Trabajador con días adicionales

Supongamos un trabajador que ingresó el 15 de mayo:

  • Sueldo Básico: S/ 1,800
  • Asignación Familiar: No aplica
  • Período laborado: Del 15 de mayo al 31 de octubre (5 meses y 17 días)

Cálculo de meses y días trabajados

  • Meses Completos: 5 meses (junio a octubre)
  • Días Trabajados en mayo: 17 días (del 15 al 31 de mayo)

Cálculo de la remuneración computable

Remuneración Computable = S/ 1,800

Aplicación de la fórmula

Cálculo por meses:

Parte Mensual = (Remuneración Computable / 12) x Meses Completos
Parte Mensual = (S/ 1,800 / 12) x 5 = S/ 150 x 5 = S/ 750

Cálculo por días:

Parte Diaria = (Remuneración Computable / 360) x Días Trabajados
Parte Diaria = (S/ 1,800 / 360) x 17 = S/ 5 x 17 = S/ 85

Total CTS:

CTS = Parte Mensual + Parte Diaria = S/ 750 + S/ 85 = S/ 835

El trabajador recibirá S/ 835 como depósito de CTS.

Ejemplo práctico 3: Trabajador con remuneraciones variables

Un vendedor que tiene:

  • Sueldo Básico: S/ 1,200
  • Asignación Familiar: No aplica
  • Comisiones promedio de los últimos 6 meses: S/ 800
  • Período laborado: Del 1 de mayo al 31 de octubre (6 meses completos)

Cálculo de la remuneración computable

Remuneración Computable = Sueldo Básico + Promedio de Comisiones
Remuneración Computable = S/ 1,200 + S/ 800 = S/ 2,000

Aplicación de la fórmula

CTS = (Remuneración Computable / 12) x Meses Trabajados
CTS = (S/ 2,000 / 12) x 6 = S/ 166.67 x 6 = S/ 1,000

El trabajador recibirá S/ 1,000 como depósito de CTS.

Ejemplo práctico 4: Trabajador con horas extras y días adicionales

Un operario que tiene:

  • Sueldo Básico: S/ 1,500
  • Asignación Familiar: S/ 102.50
  • Promedio de horas extras de los últimos 6 meses: S/ 300
  • Período laborado: Del 10 de mayo al 31 de octubre (5 meses y 22 días)

Cálculo de la remuneración computable

Remuneración Computable = Sueldo Básico + Asignación Familiar + Promedio de Horas Extras
Remuneración Computable = S/ 1,500 + S/ 102.50 + S/ 300 = S/ 1,902.50

Cálculo de meses y días trabajados

  • Meses Completos: 5 meses (junio a octubre)
  • Días Trabajados en mayo: 22 días (del 10 al 31 de mayo)

Aplicación de la fórmula

Parte Mensual:

Parte Mensual = (S/ 1,902.50 / 12) x 5 = S/ 158.54 x 5 = S/ 792.70

Parte Diaria:

Parte Diaria = (S/ 1,902.50 / 360) x 22 = S/ 5.29 x 22 = S/ 116.38

Total CTS:

CTS = S/ 792.70 + S/ 116.38 = S/ 909.08

El trabajador recibirá S/ 909.08 como depósito de CTS.

¿Qué conceptos se incluyen en la remuneración computable?

Según la normativa laboral peruana, se consideran los siguientes conceptos:

  • Remuneraciones fijas: Sueldo básico.
  • Remuneraciones variables: Comisiones, horas extras (promedio semestral).
  • Asignación Familiar: Si corresponde.

No se incluyen

  • Bonificaciones extraordinarias.
  • Asignaciones por movilidad, viáticos.
  • Gratificaciones extraordinarias.

Casos especiales

Trabajadores a tiempo parcial

Si un trabajador labora menos de cuatro horas diarias, no tiene derecho a CTS. Sin embargo, si supera este límite, se calcula proporcionalmente al tiempo laborado.

Cese antes del depósito semestral

Si un trabajador cesa antes de mayo o noviembre, el empleador debe liquidar y pagar la CTS correspondiente en un plazo de 48 horas.

Ejemplo:

Un trabajador cesa el 15 de julio:

  • Período laborado: Del 1 de mayo al 15 de julio (2 meses y 15 días)
  • Sueldo Básico: S/ 1,600
  • Asignación Familiar: No aplica

Cálculo:

Meses Completos:

Meses Completos = 2 meses
Parte Mensual = (S/ 1,600 / 12) x 2 = S/ 133.33 x 2 = S/ 266.66

Días Adicionales:

Días Trabajados = 15 días
Parte Diaria = (S/ 1,600 / 360) x 15 = S/ 4.44 x 15 = S/ 66.66

Total CTS:

CTS = S/ 266.66 + S/ 66.66 = S/ 333.32

El empleador debe pagar S/ 333.32 al trabajador en su liquidación.

Referencias legales

Es importante respaldar esta información en las normas vigentes:

  • Decreto Supremo N° 001-97-TR: Regula la CTS.
  • Ley N° 25129: Sobre Asignación Familiar.

Puedes consultar más detalles en el Portal del MTPE y en el Perú Info.

Preguntas frecuentes

¿La CTS es intangible?

Sí, la CTS es intangible mientras el trabajador esté laborando. Solo se puede retirar en casos específicos o cuando cese la relación laboral.

¿Qué pasa si el empleador no deposita la CTS?

El empleador podría ser sancionado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Las multas varían según el número de trabajadores afectados.

¿Se puede retirar parte de la CTS?

Según las disposiciones del gobierno, en ciertos casos se permite el retiro parcial o total de la CTS. Es recomendable revisar las normas vigentes en el Diario Oficial El Peruano.

Importancia de calcular correctamente la CTS

Para el empleador:

  • Cumplimiento legal: Evita sanciones y multas.
  • Relación laboral saludable: Genera confianza con los trabajadores.

Para el trabajador:

  • Seguridad financiera: Cuenta con un fondo en caso de cese laboral.
  • Derechos laborales: Garantiza el respeto a sus beneficios.

Consejos prácticos

  • Verificar los depósitos: Los trabajadores deben revisar sus cuentas CTS para asegurar que los depósitos se realicen oportunamente.
  • Consultar a un especialista: Ante dudas, es recomendable acudir a un contador o abogado laboral.
  • Mantener registros: Tanto empleadores como trabajadores deben guardar comprobantes y registros de los depósitos realizados.

Herramientas útiles

Algunas instituciones ofrecen calculadoras en línea para estimar la CTS:

  • MTPE: Aunque no tiene una calculadora específica, brinda orientación sobre derechos laborales.
  • Sunat: Proporciona información sobre aspectos tributarios relacionados.
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por Eduardo Ramírez

Abogado y periodista, especializado en derecho procesal y registral. El compromiso con nuestros clientes se expresa en un apego a los valores propios de un ejercicio íntegro del derecho, lo que nos ha permitido ganar su confianza, y hoy día, nuestros clientes son nuestra mejor carta de presentación.