El error más frecuente al contratar el primer trabajador es asumir que el costo mensual es el sueldo acordado. No lo es. Cuando se pone a alguien en planilla en el Perú, el empleador asume además EsSalud, CTS, gratificaciones, vacaciones y, si hay más de 20 trabajadores, utilidades. El costo laboral real puede ser entre el 40% y el 55% adicional sobre el sueldo bruto, según el análisis de FacturaSimple (mayo de 2026). No planificarlo desde el inicio es una de las causas más frecuentes de problemas de flujo de caja en las MYPE peruanas.
Costos que paga el empleador vs. descuentos al trabajador
Antes de ver los números, hay una distinción clave que muchos emprendedores confunden: no todos los costos laborales salen del bolsillo del empleador. Algunos son descuentos al trabajador que el empleador solo retiene y transfiere.
| Concepto | ¿Quién lo paga? | Monto |
|---|---|---|
| EsSalud | Empleador | 9% del sueldo bruto |
| CTS | Empleador (depósito semestral) | ~1 sueldo al año |
| Gratificaciones (julio y diciembre) | Empleador | 1 sueldo por gratificación + bonificación 9% |
| Vacaciones | Empleador | 30 días remunerados al año |
| Asignación familiar | Empleador | S/113 mensuales (si el trabajador tiene hijos menores) |
| AFP (aporte previsional) | Trabajador (el empleador retiene y transfiere) | ~13% del sueldo bruto según AFP |
| ONP (si elige este sistema) | Trabajador (el empleador retiene y transfiere) | 13% del sueldo bruto |
| Renta de 5.ª categoría | Trabajador (el empleador retiene y transfiere) | Solo si ingresos anuales superan 7 UIT (S/38,500) |
Fuente: El Comercio (julio de 2026) e Infobae Perú (julio de 2026). RMV 2026: S/1,130. UIT 2026: S/5,500.
Ejemplo real: cuánto cuesta un trabajador con sueldo de S/2,000
Trabajador en régimen general, sin asignación familiar, sin hijos. Sueldo bruto mensual: S/2,000.
| Concepto | Cálculo | Costo mensual para el empleador |
|---|---|---|
| Sueldo bruto | — | S/2,000.00 |
| EsSalud (9%) | S/2,000 × 9% | S/180.00 |
| CTS mensualizada (~1/12 anual) | S/2,000 ÷ 12 | S/166.67 |
| Gratificación mensualizada (2 al año) | (S/2,000 × 2) ÷ 12 | S/333.33 |
| Bonificación 9% sobre gratificación | S/333.33 × 9% | S/30.00 |
| Vacaciones mensualizada (30 días/año) | S/2,000 ÷ 12 | S/166.67 |
| Costo total mensual para el empleador | — | S/2,876.67 |
Un trabajador con sueldo de S/2,000 le cuesta al empleador aproximadamente S/2,877 mensuales, un 44% más que el sueldo acordado. A lo largo del año, el costo total supera los S/34,500 incluyendo los depósitos de CTS y el pago de gratificaciones.
EsSalud: el costo que más confunde
Muchos trabajadores creen que el aporte a EsSalud se descuenta directamente de su sueldo. En realidad, el 9% sobre la remuneración bruta lo asume íntegramente el empleador, según Infobae Perú (julio de 2026). Por eso no aparece como descuento en la boleta: no sale del bolsillo del trabajador sino del empleador. Hay un piso mínimo: incluso si el sueldo es menor a la RMV, el aporte a EsSalud se calcula sobre S/1,130.
Las microempresas inscritas en el REMYPE tienen una alternativa: pueden afiliar a sus trabajadores al SIS Microempresas, pagando S/15 mensuales por cada trabajador, en lugar de asumir el 9% de EsSalud, según Tu Plan Contable (julio de 2026). Es una diferencia significativa para negocios muy pequeños.
Cómo se reduce el costo en el régimen MYPE
Las microempresas registradas en el REMYPE tienen un régimen laboral especial que reduce los costos del empleador:
| Beneficio | Régimen general | Microempresa MYPE | Pequeña empresa MYPE |
|---|---|---|---|
| Vacaciones | 30 días | 15 días | 15 días |
| CTS | Sí (~1 sueldo/año) | No | Sí |
| Gratificaciones | 2 al año (1 sueldo c/u) | No | ½ sueldo c/u |
| EsSalud | 9% del sueldo | SIS S/15/mes por trabajador | 9% del sueldo |
| Indemnización por despido | 1.5 sueldos/año (tope 12) | 10 días/año (tope 90 días) | 20 días/año (tope 120 días) |
Con régimen MYPE de microempresa, el costo mensual de un trabajador con sueldo de S/2,000 se reduce significativamente: desaparecen CTS y gratificaciones, las vacaciones bajan a 15 días y EsSalud se reemplaza por el SIS a S/15. El costo real cae de S/2,877 a aproximadamente S/2,183 mensuales.
Preguntas frecuentes
¿El empleador paga algo a la AFP del trabajador?
No. A diferencia de EsSalud, el aporte a la AFP lo paga íntegramente el trabajador. El empleador solo retiene ese monto de la remuneración bruta y lo transfiere a la AFP correspondiente. No hay aporte adicional del empleador al sistema previsional privado.
¿Cuándo se pagan las gratificaciones y la CTS?
Las gratificaciones se pagan en julio (primera quincena) y diciembre (primera quincena). La CTS se deposita en la cuenta bancaria del trabajador en mayo (por el semestre noviembre-abril) y en noviembre (por el semestre mayo-octubre). Son depósitos obligatorios, no opcionales.
¿Los trabajadores a tiempo parcial generan todos estos costos?
No exactamente. Los trabajadores con jornada menor a 4 horas diarias promedio no tienen derecho a CTS ni vacaciones remuneradas. Sí tienen derecho a EsSalud, AFP/ONP y gratificaciones. Es una modalidad válida para reducir costos laborales en negocios con necesidades parciales de personal.
Sobre este contenido: Elaborado con base en información de El Comercio (julio de 2026), Infobae Perú (julio de 2026), FacturaSimple (mayo de 2026) y Tu Plan Contable (julio de 2026). Normativa de referencia: Ley N.° 27735 (gratificaciones), D.S. N.° 001-97-TR (CTS), D.Leg. N.° 713 (vacaciones) y TUO Ley MYPE (D.S. N.° 013-2013-PRODUCE). Última revisión: julio de 2026.
