El formulario 1076 de la SUNAT es un documento que deben presentar los contribuyentes que realizan operaciones con sujetos no domiciliados en el país, es decir, con personas o empresas que residen fuera del territorio nacional. Este formulario se utiliza para declarar y pagar el Impuesto a la Renta (IR) y el Impuesto General a las Ventas (IGV) que corresponden a estas operaciones.
El formulario 1076 de la SUNAT se debe presentar mensualmente, dentro de los plazos establecidos por la administración tributaria, según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del declarante. El formulario se puede llenar y enviar de forma electrónica, a través del portal web de la SUNAT, o de forma presencial, en las oficinas de la entidad.
Para llenar el formulario 1076 de la SUNAT, se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal web de la SUNAT con el usuario y la clave SOL del contribuyente.
- Seleccionar la opción «Declaración mensual – Formulario Virtual N° 621» y luego hacer clic en «Nuevo».
- Elegir el período tributario al que corresponde la declaración y marcar la casilla «Operaciones con sujetos no domiciliados».
- Hacer clic en «Siguiente» y luego en «Formulario 1076 – Operaciones con sujetos no domiciliados».
- Ingresar los datos solicitados en cada una de las secciones del formulario, según el tipo de operación realizada (rentas de fuente peruana, rentas de fuente extranjera, servicios prestados desde el exterior, etc.).
- Verificar que los datos ingresados sean correctos y que los montos de los impuestos se hayan calculado correctamente.
- Hacer clic en «Generar declaración» y luego en «Enviar declaración».
- Guardar el número de orden y el código de verificación que se generan al enviar la declaración.
- Realizar el pago de los impuestos declarados, mediante el sistema Pago Fácil o mediante una boleta de pago en una entidad bancaria autorizada.
Es importante tener en cuenta que el formulario 1076 de la SUNAT solo debe presentarse si se han realizado operaciones con sujetos no domiciliados en el período tributario correspondiente. En caso contrario, no es necesario presentar este formulario.
Asimismo, se debe conservar la documentación que sustente las operaciones declaradas, como facturas, contratos, comprobantes de pago, etc., para efectos de fiscalización o verificación por parte de la SUNAT.